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El Tribunal Constitucional declaró admisible los 3 requerimientos presentados por la oposición

Víctor Reyes6 min de lectura

El Gobierno volvió a festejar el despacho de su megarreforma económica, pero la historia todavía no termina.

El Tribunal Constitucional declaró admisibles y admitió a tramitación los tres requerimientos presentados por parlamentarios de oposición. No significa que los haya acogido en el fondo, pero sí que las objeciones serán examinadas y que parte de la reforma aún podría ser declarada inconstitucional.

El ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, volvió a celebrar.
Lo hizo primero cuando la Cámara de Diputadas y Diputados aprobó el corazón de la denominada megarreforma económica y volvió a hacerlo después de que el Senado despachara el informe de la comisión mixta.
Fue una segunda celebración acompañada de abrazos, fotografías y declaraciones triunfales.

Sin embargo, al jefe de la billetera fiscal tal vez le convendría guardar por algunos días el champán y moderar el entusiasmo, porque —dicho con la ironía que permite la ocasión— podría terminar con los crespos hechos, aunque crespos precisamente no sean lo que más abunda sobre su cabeza.

La razón es sencilla: pese a que el proyecto terminó su tramitación en el Congreso, el contenido de la megarreforma todavía no está completamente zanjado. El Tribunal Constitucional declaró admisibles y admitió a tramitación los tres requerimientos ingresados por parlamentarios de oposición.

Esta precisión es fundamental. El TC no ha resuelto que los parlamentarios tengan razón, ni ha declarado todavía inconstitucionales las normas cuestionadas. Lo que determinó es que las presentaciones reúnen los requisitos necesarios para ser examinadas.

En otras palabras, abrió la puerta para discutir el fondo del conflicto constitucional.

Por lo tanto, una cosa es que la reforma haya sido despachada por el Congreso y otra muy distinta es que todas sus disposiciones estén definitivamente a salvo.

Los tres requerimientos que deberá revisar el TC
La oposición abrió tres frentes constitucionales: dos presentaciones fueron respaldadas por 21 senadores y una tercera por 62 diputados.

Las impugnaciones se concentran en la invariabilidad tributaria para grandes inversionistas, las compensaciones para empresas cuyas autorizaciones ambientales sean anuladas y diversas modificaciones vinculadas con la justicia y la evaluación ambiental.

Primer requerimiento: invariabilidad tributaria por hasta 20 años

La primera presentación de los senadores impugna los artículos 29 y 38 de la megarreforma, que crean un estatuto de invariabilidad tributaria para inversionistas nacionales y extranjeros.

El beneficio tendría una duración de diez años para proyectos de entre 50 y 100 millones de dólares; quince años para inversiones iguales o superiores a 100 millones e inferiores a 350 millones; y veinte años para inversiones desde los 350 millones de dólares.

La oposición sostiene que una mayoría parlamentaria circunstancial no puede dejar prácticamente inmovilizada la legislación tributaria durante una o dos décadas.
El argumento es que esa fórmula limitaría las atribuciones de futuros gobiernos y congresos, afectando el principio democrático, la alternancia en el poder y la facultad de las nuevas mayorías para modificar las leyes.

Dicho de manera sencilla: los parlamentarios cuestionan que el Gobierno actual pueda dejar amarradas las reglas tributarias para las administraciones que vengan después.
Segundo requerimiento: indemnizaciones por autorizaciones ambientales anuladas.

La segunda presentación de los senadores cuestiona los artículos 12 y 13 y otras disposiciones relacionadas con el nuevo sistema de compensaciones para empresas.

La reforma permitiría que el Estado restituya ciertos gastos directos, efectivos y no recuperables cuando una sentencia firme anule la Resolución de Calificación Ambiental de un proyecto.

Los requirentes sostienen que este mecanismo podría convertirse en una especie de seguro financiado por el Estado, porque permitiría compensar a una empresa cuya autorización fue anulada, sin que necesariamente deba demostrar una falta de servicio bajo las reglas generales de responsabilidad estatal.

También cuestionan la intervención de un tribunal arbitral y la imposibilidad de que el Estado persiga posteriormente la responsabilidad del funcionario que hubiese ocasionado el perjuicio.

Según esta presentación, se estaría creando un trato privilegiado para determinados titulares de proyectos, afectando la igualdad ante la ley, el debido proceso, la protección ambiental y las normas constitucionales sobre responsabilidad del Estado.

Tercer requerimiento: invariabilidad, indemnizaciones y restricciones ambientales

El tercer escrito, presentado por 62 diputados de oposición, recoge buena parte de los argumentos anteriores, pero amplía considerablemente las objeciones.

Además de cuestionar la invariabilidad tributaria y las compensaciones por resoluciones ambientales anuladas, los diputados sostienen que algunas disposiciones podrían limitar el efecto real del sufragio: los ciudadanos podrían elegir nuevas autoridades, pero estas quedarían impedidas durante años de modificar decisiones tributarias tomadas por una mayoría anterior.

El requerimiento también impugna modificaciones a la Ley General de Pesca y Acuicultura relacionadas con la relocalización de concesiones acuícolas y con la posibilidad de que las propias empresas financien estudios destinados a establecer la existencia de bancos naturales protegidos.

Asimismo, cuestiona una norma que restringe las reclamaciones de terceros contra una Resolución de Calificación Ambiental y el límite máximo de seis meses impuesto a determinadas medidas cautelares de los tribunales ambientales. Según los diputados, esas disposiciones podrían disminuir el acceso de las comunidades a la justicia y dejar ecosistemas sin protección efectiva mientras continúa un juicio.

Admitir a trámite no es aprobar el reclamo
Aquí es donde corresponde despejar cualquier confusión.

Cuando el Tribunal Constitucional declara admisible un requerimiento, no está diciendo que comparte sus argumentos.

Tampoco significa que la norma ya fue invalidada. Significa que la reclamación superó el examen inicial y que el TC estudiará su contenido antes de pronunciarse sobre el fondo.

Previamente, el organismo había solicitado corregir aspectos formales de dos presentaciones y había dejado pendiente el análisis de la tercera.

Después de subsanadas esas observaciones, los tres recursos pudieron continuar su tramitación.

El Tribunal deberá ahora escuchar los argumentos, examinar las normas cuestionadas y decidir si son compatibles o no con la Constitución.

Por eso, la expresión más correcta no es que la reforma esté terminada o definitivamente resuelta.

Lo adecuado es señalar que su tramitación legislativa concluyó, pero su destino jurídico todavía se encuentra pendiente.
Una celebración anticipada

El Gobierno consiguió aprobar rápidamente una de sus iniciativas más importantes.

El Senado despachó el último informe de la comisión mixta por 27 votos a favor y 22 en contra, después de negociaciones destinadas a asegurar los respaldos necesarios.

No obstante, la velocidad política no elimina los controles constitucionales.

El oficialismo puede celebrar que reunió los votos.
Puede destacar que venció las resistencias parlamentarias.
Puede incluso presentar el resultado como una victoria definitiva.

Pero las controversias sobre invariabilidad tributaria, indemnizaciones ambientales y acceso a la justicia ya no están únicamente en manos del Gobierno ni del Congreso.

Ahora están sobre la mesa del Tribunal Constitucional.

Así que el ministro de Hacienda celebró por segunda vez, pero tendrá que esperar antes de proclamar una victoria completa. Porque en política, como en la vida, una cosa es cruzar la meta parlamentaria y otra muy distinta superar el control constitucional.

Y mientras no exista una sentencia de fondo, la megarreforma no está totalmente zanjada.

El ministro Quiroz puede seguir sonriendo para la fotografía.
Pero, por ahora, sería prudente recordar que incluso quien tiene pocos cabellos puede terminar, políticamente hablando, con los crespos hechos.

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Víctor Reyes
Redacción · 6 de agosto de 2026 · 12:18

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